54 9 223 525 2657

Comunicate con nosotrosinfo@adnempresario.com

Jueves, Abril 25, 2024
Noticias económicas y empresariales

últimas noticias

PolíticaArgentina30 de Noviembre

Extienden facilidades para deudas de AFIP en Ganancias y Bienes Personales

La AFIP volvió a extender las facilidades para que los contribuyentes puedan regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales, esta vez hasta el 31 de enero de 2022.

Así, dispuso que hasta esa fecha no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de los contribuyentes al momento de tramitar planes para ponerse al día con esos impuestos.

La Resolución General N° 5109, publicada este martes en el Boletín Oficial, habilita a los contribuyentes que lo soliciten la posibilidad de regularizar sus obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.

El beneficio alcanza a quienes están incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E. El SIPER es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de las personas.

El régimen de facilidades de pago está vigente desde mayo de 2017 y busca estimular la cancelación de los saldos resultantes de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y/o sobre los bienes Personales, así como sus intereses resarcitorios y/o multas por falta de presentación que pudieren corresponder.

Luego, en abril de este año, se estableció con carácter de excepción y hasta el 30 de septiembre de 2021, mejores condiciones de pago y cuotas para que aquellos sujetos comprendidos en ese régimen accedan a la regularización de sus obligaciones, sin considerar la categoría del SIPER.

Ahora, la AFIP resaltó que "en virtud del objetivo permanente de esta Administración Federal de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, se considera procedente extender nuevamente el plazo" para regularizar deudas de ambos tributos.

Dejá tu Comentario

Complete los siguientes datos.

Cada vez más personas en Argentina, como usted, están leyendo y apoyando el periodismo de investigación independiente de ADN Empresario.
Cada contribución del lector, grande o pequeña, es muy valiosa y esencial para proteger nuestra independencia editorial. Si puede, apoye a ADN Empresario hoy desde tan solo USD 1.

donar

Este sitio utiliza cookies propias y de terceros para mejorar la experiencia de navegación. Al continuar navegando usted acepta nuestra política de cookies.

Acepto

Contacto

Complete el formulario para contactarse con nosotros.

54 9 223 525 2657

info@adnempresario.com