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Temas GeneralesArgentina08 de Septiembre

Exención para actividades comerciales en bienes de patrimonio histórico municipal

Presentado por el concejal Fernando Muro, el proyecto de ordenanza surge de la necesidad de preservar y recuperar bienes inmuebles declarados de “Interés Patrimonial” de General Pueyrredon y que han registrado un creciente nivel de actividad comercial en los últimos tiempos.

 

En este sentido, Muro afirma que “es fundamental para resguardar la identidad cultural de la ciudad continuar con la incorporación de políticas públicas tendientes a promover su conservación y a la par incentivar el desarrollo productivo. La utilización de estos bienes patrimoniales con fines comerciales le aportan  a la ciudad un elemento nuevo de atractivo turístico y permiten la apropiación social de los mismos, ya que los vecinos y turistas pueden disfrutar de sus instalaciones al momento de adquirir un bien o servicio y esto permite en forma indirecta su conservación”.

El objetivo del proyecto es eliminar el 100% de los tributos municipales a los nuevos emprendimientos que se desarrollen en inmuebles declarados de “Interés Patrimonial” por el Municipio (Ordenanza Nº 19.660 y sus complementarias) y en aquellos que posean una data de más de 50 años y que a criterio del Área de Preservación del Patrimonio poseen valores patrimoniales, así como también en sus jardines y/o espacios contiguos que estética o paisajísticamente se integren y conformen con aquellos un predio único o un conjunto.

 

Tributos municipales comprendidos
-Tasa por Habilitación de Oficinas, locales de Prestación de Servicios, Depósitos, Comercios e Industrias correspondiente exclusivamente al trámite de habilitación del emprendimiento allí instalado.
-Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene/Fondo para la Promoción;
-Tasa por Publicidad y Propaganda correspondiente a elementos que resulten identificatorias del establecimiento.
-Derechos de Ocupación o Uso del Espacio Público previstos en la Ordenanza Impositiva vigente;
-Cargos por Obras Sanitarias;
-Derechos de Construcción de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza 10.075.

En este sentido, el concejal Muro indica que “mediante la exención de tributos municipales se puede incentivar y despertar un interés adicional a los emprendedores para que tomen como opción radicarse en los inmuebles de Interés Patrimonial. Esto representa un complemento a las ordenanzas vigentes y tiende a complementar los beneficios existentes, hasta ahora principalmente asociados  con la industria de la construcción”.

Los beneficios sólo procederán respecto de nuevos emprendimientos (habilitaciones posteriores o en trámite a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ordenanza) y por el término de diez años corridos.

Actualmente se encuentran vigentes diversos instrumentos legislativos tendientes a preservar el patrimonio arquitectónico existente. Sin embargo, no han sido suficientes para conservarlos; y por tanto varios de esos bienes patrimoniales están en desuso y muchos en estado de abandono y con un marcado nivel de deterioro y que podrían albergar nuevas actividades comerciales.

Positivamente hay una marcada tendencia en nuestra ciudad a la utilización de bienes patrimoniales con fines comerciales y que esto ha despertado un interés inusitado por su conocimiento.

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