PolíticaArgentina12 de Agosto
Más créditos para que las empresas puedan pagar sueldos
Según supo este medio, los préstamos estarán disponibles para empresas cuya facturación tuvo una variación de entre 0% y 30% en el último año y tendrán una tasa de interés fija.
La información, que fuera publicada por la agencia Noticias Argentinas, explica que "para las compañías que percibieron una variación de hasta 10% en su facturación, la tasa será del 0%, para las que exhibieron un aumento de entre 10% y 20%, el costo del financiamiento será del 7,5%, mientras que para las que tuvieron un incremento de entre 20% y 30%, la tasa será del 15%".
El organismo recaudador sabe que en esos rangos de facturación hay más de 75.000 empresas. Si bien esa cantidad de firmas está en condiciones de acceder no quiere decir que todas ellas vayan a solicitar este tipo de financiamiento.
Por otro lado, las empresas que tuvieron una variación nominal negativa en su facturación entre junio de 2020 y 2019 ya fueron notificadas del acceso al salario complementario a través del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción.
El organismo notificará a los empleadores beneficiados que podrán iniciar el trámite para acceder al financiamiento y la solicitud se inicia a través del sitio web de la AFIP y se gestionan ante la entidad bancaria seleccionada. Vale resaltar que las empresas tienen tiempo hasta el martes 18 de agosto, inclusive y los créditos deben ser destinados a pagar los salarios.
Detalles finos
En cuanto a la modalidad, la AFIP informó que debido a este requisito el financiamiento se acreditará directamente en las CBU de cada una de los empleados.
La normativa de la AFIP establece que las empresas contarán con un período de gracia de 3 meses de modo que el reembolso se realizará a partir del cuarto mes en 12 cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
Los empleadores podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP, créditos para pagar salarios por un monto máximo equivalente a la sumatoria del 120% de un Salario Mínimo Vital y Móvil por cada trabajador que integre la nómina hasta el 31 de mayo.
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